Micelio
Auto9 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Jose Manuel Guevara Galvis

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque en el escrito de corrección el actor no satisfizo adecuadamente los requerimientos exigidos en el auto de inadmisión.

La Sala Plena de la Corporación consideró que el demandante incumplió con los requisitos de oportunidad y de carga argumentativa mínima que habilitan la competencia de la Corte Constitucional para pronunciarse de fondo respecto del recurso impetrado y, por ello, decidió RECHAZARLO por improcedente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. PRIMERO. Por las razones expuestas en esta providencia, RECHAZAR el recurso de súplica presentado por el ciudadano José Manuel Guevara Galvis contra el Auto del 7 de febrero de 2022, proferido por la Magistrada Diana Fajardo Rivera, en el que se rechazó la demanda de inconstitucionalidad promovida dentro del expediente D-14.555.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General, COMUNICAR el contenido de la presente decisión al demandante, indicándole que contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
  4. Notifíquese y cúmplase.
  5. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  6. Presidenta
  7. KARENA ELISAMA CASELLES HERNÁNDEZ
  8. Magistrada (e)
  9. DIANA FAJARDO RIVERA
  10. Magistrada
  11. No participa-
  12. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  13. Magistrado
  14. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  15. Magistrado
  16. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  17. Magistrado
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  21. Magistrada
  22. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.